ERREPORTAJEAK

Iñaki Egaña

Historiador

Juicio de Burgos. Punto de partida de un modelo judicial

2021-01-25

En diciembre de 1970 fueron juzgados 16 jóvenes vascos, tres mujeres y 13 hombres, acusados de formar el núcleo dirigente de una incipiente organización como entonces era ETA (Euskadi ta Askatasuna, Euskal Herria y la Libertad) y, en consecuencia, según relato de los jueces militares, responsables de sabotajes y, en particular, de la muerte de un comisario de policía franquista, señalado por las organizaciones opositoras como el paradigma de la tortura y que durante el conflicto mundial había sido confidente de la Gestapo nazi, Melitón Manzanas.


Los acusados del proceso de Burgos a finales de los 70, después de quedar en libertad tras la ley de amnistía española. Foto / Iñaki Egaña

 

En diciembre de 1970 fueron juzgados 16 jóvenes vascos, tres mujeres y 13 hombres, acusados de formar el núcleo dirigente de una incipiente organización como entonces era ETA (Euskadi ta Askatasuna, Euskal Herria y la Libertad) y, en consecuencia, según relato de los jueces militares, responsables de sabotajes y, en particular, de la muerte de un comisario de policía franquista, señalado por las organizaciones opositoras como el paradigma de la tortura y que durante el conflicto mundial había sido confidente de la Gestapo nazi, Melitón Manzanas.

El juicio, después de algunas dilaciones, se celebró en la sede de la Capitanía General de Burgos (España) y su contexto, desarrollo y final, como en una buena novela, esta vez con eventos reales, ha pasado a la historia vasca como uno de los hitos históricos por excelencia. Quienes no vivieron aquella época la han oído relatar. Quienes la conocieron en primera persona, evocan detalles sobre su situación y sentimientos.

 

«El juicio ha pasado a la historia vasca como uno de los hitos históricos por excelencia.»

 

Como es sabido, el Juicio tuvo una estrategia previa, la de concluir con el entonces movimiento político que era ETA. Seis de los juzgados fueron condenados a muerte, algunos por partida doble. Las condenas superaron los 500 años. Y la respuesta popular, tanto en Euskal Herria como en Europa, el secuestro del cónsul alemán en Donostia utilizado como rehén y las disensiones internas en ciertos sectores del régimen franquista, se conjugaron para evitar las ejecuciones. Las condenas a muerte serían conmutadas y los presos salieron de prisión con los indultos de 1976 y 1977.

El juicio concitó, asimismo, un estilo milimétricamente diseñado por la defensa y los propios imputados. Fracturando la tendencia de los años anteriores en los que los acusados de militar en ETA rompían con el tribunal, al no reconocerlo y negarse a declarar, en esta ocasión la estrategia sufrió un vuelco. Los encausados dividieron las diversas parcelas de su actividad política, reivindicaron su ideología, y estuvieron prestos a declarar. Fueron recriminados e interrumpidos por los jueces en múltiples ocasiones, en especial cuando relataron las torturas a las que fueron sometidos, pero pudieron articular un mensaje diáfano. Que tuvo como colofón la ruptura del juicio, con el canto del Eusko Gudariak.

 

«Los imputados en Burgos manejaron el juicio, sus tiempos y sus formas. Algo que fue una sorpresa para el régimen que había infravalorado.»

 

Aunque pueda parecer extraño por el contexto represivo, los imputados en Burgos manejaron el juicio, sus tiempos y sus formas. Algo que fue una sorpresa para el régimen que había infravalorado tanto a los juzgados como al movimiento de solidaridad que generaron. No volvieron a caer en la misma piedra. Cinco años más tarde, dispersaron los juicios a nuevos militantes de ETA, los convirtieron en mini-procesos y resolvieron sin tiempo a una reacción organizada, ejecutando a Jon Paredes, Txiki, y Angel Otaegi.

Aunque el de Burgos ha quedado en el inconsciente colectivo como el juicio por excelencia de nuestra historia reciente, hubo en ese siglo XX, otros eventos y juicios también relevantes, con castigos superiores, con un número mayor de implicados e imputados, con un eco internacional también notable y donde las condenas a muerte fueron ejecutadas.

 

«Los encausados dividieron las diversas parcelas de su actividad política, reivindicaron su ideología, y estuvieron prestos a declarar.»

 

Al poeta Lauaxeta lo juzgaron, condenaron y ejecutaron en Gasteiz, en 1937. A Jesús Larrañaga, el máximo dirigente del PCE vasco, en Madrid, en 1942, al igual que a Julián Zugazagoitia, en 1940, dirigente del PSOE vasco. Ambos fueron juzgados, condenados a muerte y ejecutados. En 1939, más de 200 donostiarras que asistían a una misa por sus paisanos muertos en la guerra fueron detenidos mientras celebraban el acto litúrgico, encerrados en la prisión de Zapatari y juzgados todos ellos en un macro juicio, el mayor de la época.

Con posterioridad a la muerte de Franco, en la restauración monárquica, y como novedad en la V República francesa, la estrategia de condensar áreas e imputados en marco-juicios, fue una de las líneas de intervención represiva, aunque ya en las postrimerías del siglo XX, 25 años después del Proceso de Burgos. Tanto de París como de Madrid.

 

Los macrojuicios han sido una herramienta represiva habitual contra el independentismo vasco en el Estado español. 30 años después del proceso de Burgos llegaron los procesos contra el movimiento popular y medios de comunicación (18/98 y Egunkaria), el movimiento juvenil (Jarrai-Haika-Segi), instituciones como Udalbiltza, etc. En el macrojuicio 18/98 fue procesado de nuevo uno de los condenados a muerte del proceso de Burgos: Jokin Gorostidi. Fotos / FOKU

 

Los “contaminados” de la Audiencia Nacional

En el Estado español, la continuidad fue manifiesta con la transformación del Tribunal de Orden Público (TOP) en la Audiencia Nacional. Los mimos jueces franquistas fueron convertidos en “demócratas” de un día para otro, para ubicarse en el nuevo tribunal que continuó gestionando medidas de excepción. Las mismas para las que había sido creado otro anterior, contra la Masonería y el Comunismo, en 1940. En 1963 el tribunal especial había sido sustituido por el TOP que en 1977 dio paso a la Audiencia Nacional. Los tres tribunales especiales correlativos oficiaron sus propias leyes de excepción.

Quizás, el proceso más mediático, con relación a la causa vasca, que tramitó la Audiencia Nacional en sus 43 años de historia fue el llamado 18/98, que provocó la detención de 76 personas y que contenía 12 sumarios, el paradigma de esta estrategia “acumulativa”. En 2007, la Audiencia Nacional condenó a 47 de los imputados en dicho conjunto sumarial. Con la excepción de las condenas a muerte del Proceso de Burgos, los años de condenada del juicio de 1970 y el de 2007 fueron prácticamente iguales. Demasiado simbolismo para ser casualidad. Una venganza.

Como en este y en otros macro-juicios, la judicatura española ha ido confirmado una especie de literatura judicial, con momentos de paroxismo como un informe de la Guardia Civil, avalado por Joaquín Aguirre, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona que “descubrió” el apoyo de Moscú al proceso soberanista catalán con el envío de 10.000 soldados rusos cuando fuera preciso. Esta ocurrencia literaria de octubre de 2020, coincide con otras numerosas del mismo rango, dispersas por todas las décadas de nuestra historia vasca reciente.

 

«Baltasar Garzón consideraba textualmente que el ejercicio del derecho de autodeterminación o un proceso hacia la independencia de un territorio bajo administración española eran, en sí mismos, “fines violentos.»

 

En el 18/98, el juez instructor Baltasar Garzón editó algunas perlas en ese sentido, culminando con la última a raíz del auto contra la dirección de Batasuna, donde consideraba textualmente que el ejercicio del derecho de autodeterminación o un proceso hacia la independencia de un territorio bajo administración española eran, en sí mismos, “fines violentos”. Esta fue, precisamente, la estrategia usada por la judicatura española para encausar a los líderes del Procés.

La cultura del enemigo interno propia del régimen dictatorial franquista se trasladó a la de “la defensa del marco constitucional”. Los comunistas, masones, homosexuales, judíos y republicanos se transformaron en separatistas y anticonstitucionalistas. De esa manera se eludía la búsqueda misma de una vertebración de la idea del estado para reconducir el problema a una mera cuestión de orden público. Ocurrió en 2007 y 2020 con la misma lógica que en 1937 o 1957.

La descontextualización de los hechos es una de las columnas vertebrales de la estrategia judicial constitucional. En el caso vasco, llegando a acuñar el término novedoso de “contaminación” que llegó a acompañar, que no sustituir, a los habituales de “colaboración”. No fue un asunto anecdótico, porque afectó a decenas de miles de hombres y mujeres de Euskal Herria.

 

«Los mismos jueces franquistas fueron convertidos en “demócratas” de un día para otro, para ubicarse en el nuevo tribunal que continuó gestionando medidas de excepción.»

 

El llamado Proceso Bateragune, aquel grupo de coordinación creado por la izquierda abertzale, en medio de su ilegalización, para dinamizar la estrategia de la misma, siguió también estas pautas. El juez Baltasar Garzón, nuevamente, detuvo a los integrantes de un supuesto Bateragune alternativo y la Audiencia Nacional condenó (2011) y envió a prisión a cinco de sus integrantes: Arnaldo Otegi, Rafa Diez, Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y Sonia Jacinto, condenándoles a penas de 10 y 8 años de prisión. El Supremo redujo las mismas a 6 años y 6 meses a los dos primeros, y 6 años al resto.

La lectura de la sentencia trasluce una argumentación inquisitorial, solo interpretaciones que llegan hasta la paradoja más sorprendente. Se condenó a Otegi y Díez “por ser parte de una organización con el grado de dirigentes”; esa organización habría ordenado a ellos, los supuestos dirigentes, ¡desarrollar la dirección en la izquierda abertzale para actuar en una política subordinada a la supervisión y tutela de ETA! Estrasburgo señaló que la condena fue injusta y el Supremo español lo reconoció, aunque ya en 2020.

 

“Antiterrorismo” en el Estado francés

En el caso francés, la literatura ha estado sustentada, por lo general, en la labor de los procuradores antiterroristas (fiscales) conformados como los portavoces del Estado profundo. Los argumentos de los fiscales contra los presos políticos vascos, administrativamente franceses, Jon Kepa Parot, Txistor Haranburu y Jakes Esnal, más de 30 años en prisión, han ido en esta línea de defenestrar la realidad y crear un imaginario que avalara una postura sistemáticamente represiva.

En noviembre de 1995 comenzó en la Corte de París el macro-juicio contra 72 personas (30 ciudadanos vascos, 38 bretones, 3 franceses y un irlandés), acusadas de ofrecer alojamiento y cobijo a refugiados políticos vascos. El significado del juicio trascendía el mero procedimiento judicial, como en casi todos los asuntos relacionados con el contencioso vasco. El macro-juicio de París fue un proceso al derecho de asilo, arraigada tradición retórica del pueblo francés que el Estado hacía mucho tiempo que había dejado de reconocer.

En general, la militancia de ETA dejó de ser objeto de macro-juicios que, por el contrario, se concentraron en la solidaridad de los presos, en las organizaciones juveniles independentistas y en los colectivos políticos del mismo signo. Es decir, y siguiendo con la lectura del Proceso de Burgos, los estado francés y español abordaron macro-juicios cuando consideraron que con ellos iban a concluir con el grupo imputado: Gestoras pro Amnistía, Jarrai, Segi, etc. De lo contrario, los juicios eran parciales. Como si fuera una partida de mus, se trataba de órdagos a la grande.

 

Aunque se decía que sin violencia todo sería posible, el Estado español ha seguido la misma estrategia represiva contra el proceso independentista catalán, aunque para eso han tenido que inventar violencia donde no la habia. Fotos / FOKU

 

Ilegalizaciones y el “todo es ETA”

Fue también en 1995, cuando desde diversos estamentos estatales comenzaron a lanzarse las primeras andanadas favorables a la ilegalización de diversas organizaciones y asociaciones soberanistas vascas, así como contra el movimiento de solidaridad con los presos. El movimiento de solidaridad con los presos políticos vascos (Gestoras pro Amnistía) por vez primera en su historia de cincuenta años sería ilegalizado y portavoces y militantes encarcelados.

La lista represiva continuó en enero de 2000 con la detención de 11 personas relacionadas con la Asociación Xaki. En septiembre de 2000, dirigida por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, se produjo la operación contra la organización Ekin. Balance: 20 detenidos y 18 encarcelados. En octubre de 2000 el juez Garzón intervino la Fundación Joxemi Zumalabe. Fueron detenidas diez personas y seis de ellas encarceladas.

En marzo de 2001 le llegó el turno a la organización juvenil Haika, surgida de la fusión de Jarrai y Gazteriak: 16 jóvenes fueron encarcelados. En noviembre, la policía entraba en Zabaltzen y arramplaba con sus archivos, criminalizando la difusión del euskara. En marzo de 2002 la Audiencia Nacional intervino contra miembros de la organización juvenil Segi, 11 de ellos encarcelados y en abril de 2002 se inició el procedimiento conocido como “de las Herrikos”: detuvieron a 15 personas e ingresaron en prisión 10.

 

«Los centenares de detenidos desde que la ilegalización de las organizaciones soberanistas o de solidaridad provocarían un nuevo escenario judicial.»

 

En 2003, el juez Juan del Olmo ordenó la detención de 10 personas y el registro del diario Euskaldunon Egunkaria. El precedente había sido el cierre de Egin por el juez Baltasar Garzón en 1998. En febrero de 2003 se detuvo y encarceló a 5 miembros de la organización Askatasuna, surgida de la unión de Gestoras pro Amnistía y Koordinaketa. Askatasuna trabajaba en favor de los presos, y también fue declarada ilegal. Semanas más tarde, llegó la operación contra Udalbiltza, la asamblea de electos independentistas, con 13 encarcelados. En mayo del mismo año otros cuatro militantes de Askatasuna fueron detenidos y encarcelados.

Contra Batasuna, las embestidas fueron también numerosas. En octubre de 2007 fueron detenidas 21 personas y la mayoría encarceladas. En febrero de 2008, hubo dos operaciones contra miembros de Batasuna. En la primera, dos encarcelados, en la segunda, 11. En enero de 2009, 8 personas fueron detenidas, acusadas de continuar la actividad de Batasuna y en octubre otras 10.

Segi también concitó la represión. En julio de 2009 hubo varias operaciones contra el movimiento juvenil y en noviembre la detención y encarcelamiento de 36 jóvenes. En octubre de 2010 otros 14 jóvenes fueron detenidos, y en diciembre del mismo año, otros 6. En abril de 2010 hubo 11 detenidos en la llamada Operación Halboka, todos ellos, entre los que había tres abogados, relacionados con la solidaridad con los presos políticos vascos. Meses más tarde, las detenciones afectaron a 9 militantes acusados de pertenecer a Ekin y 7 a Askapena. En enero de 2011, fueron arrestados 10 supuestos militantes de Ekin.

Los centenares de detenidos desde que la ilegalización de las organizaciones soberanistas o de solidaridad provocarían un nuevo escenario judicial. La apertura de macro-juicios para enjuiciar colectivamente a los militantes imputados de estas organizaciones.

 

«La descontextualización de los hechos es una de las columnas vertebrales de la estrategia judicial constitucional.»

 

El primero de los macro-procesos del siglo XXI fue el de los sumarios 18/2001 y 15/2002, contra el movimiento juvenil. La sentencia de la Audiencia Nacional, de junio de 2005 absolvió a los jóvenes juzgados. Pero el Tribunal Supremo, en enero de 2007, condenó a 23 de ellos a seis años de cárcel. El fiscal concluyó con una sentencia que daría pie a otras similares durante los años siguientes: "Todas las estructuras coparticipadas en esa estructura global (izquierda abertzale) están contaminadas por los fines y objetivos de ETA".

En el auto 35/2002 sería el juez Garzón quien, apoyándose en este argumento, señalaría que “ETA es únicamente la última ratio, hasta el punto de que, aunque ETA no existiera o desapareciera la Kale Borroka, o ésta no se hubiera producido nunca; Batasuna, por los métodos que utiliza, constituye desde el punto jurídico-penal una asociación ilícita”.

Esta última expresión ha estado en el fondo de todos los procesos, desde 1936, aunque la cita sea de 2002, como se ha visto en Catalunya y en las últimas décadas en Euskal Herria. Para Madrid, en especial, la apuesta por la soberanía vasca o catalana, su proceso e incluso la reivindicación del derecho de autodeterminación, son delito.

 

 

TWITTER